por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 941 del 18 de mayo de 1988

Rango Decreto
Publicación 1988-05-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 20 del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1° Modifícase el artículo 1º del Decreto número 941 de fecha 18 de mayo de 1988, en el sentido que los doctores Germán Arciniegas y Abdón Espinosa Valderrama, se trasladaran únicamente a las ciudades de Lisboa - Portugal y Madrid - España, y no como en la citada disposición aparece.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de mayo de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio Londoño Paredes.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.