Por el cual se fija una partida para útiles de escritorio y alumbrado de las Secciones de Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1905-09-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

DECRETA:

Articulo único. Asígnase para cada Sección de Policía de los nuevos Departamentos la suma de un peso ochenta centavos ($ 1-80) para escritorio, y la de tres pesos sesenta centavos ( $ 3-60) para alambrado ; todo en el mes, y en oro.

Parágrafo. Este gasto se cubrirá en la respectiva Administración de Hacienda.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 2 de Septiembre de 1905.

R. REYES

El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despaoho,

Climaco Losada

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