Por el cual se hace un traslado en el presupuesto del Ministerio de Gobierno

Rango Decreto
Publicación 1933-06-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo de Ministros autorizó, en su sesión del treinta y uno de mayo pasado la traslación de la suma de $ 2,000, del artículo 33 al artículo 37, del capítulo 15 del Presupuesto,

DECRETA:

Artículo único. Se traslada la suma de dos mil pesos ($ 2,000) del artículo 33, capítulo 15, del Presupuesto vigente del Ministerio de Gobierno, al artículo 37, del mismo capítulo, para útiles de escritorio, arrendamientos y demás gastos de material de la Sección de Provisiones en el año.

Comuníquese y publíquese

Dado en Fusagasugá a 5 de junio de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

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