Por el cual se crean unos cargos en el ramo de Carreteras Nacionales
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo primero. Parar llenar el requisito exigido en el artículo 9° de Decreto número 203, de febrero 4 de 1949, créase el cargo de Ingeniero Interventor de la Carretera Troncal de Occidente, sector Taraza- Planetarrica, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($800) moneda legal.
Artículo segundo. Créase el cargo de Ingeniero Interventor de la Carretera, Dabeiba Turbo, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800)
Artículo tercero. El valor de las asignaciones de los empleos creados por el presente Decreto, se imputará a los fondos apropiados para la construcción de las mencionadas carreteras, respectivamente.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 12 de abril de 1949
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- El Ministro de Obras Públicas, Luis IgnacioANDRADE.
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