Por el cual se concede una autorización a los Ministerios de Correos y Telégrafos y de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y vistas las disposiciones de los artículos 76 y 78 del Código Político y Municipal,
decreta:
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de junio de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Ramón RODRIGUEZ DIAGO.
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