SOBRE LEGISLACION DE POLICIA EN LA COMISARIA ESPECIAL DEL VAUPES
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que en el Decreto orgánico de la Comisaría Especial del Vaupés no se determinó la legislación de Policía que debía regir en dicho territorio, lo que dificulta la administración de justicia en este ramo,
DECRETA:
Artículo único. Pónese en vigencia en la Comisaría Especial del Vaupés el actual Código fie Policía de Cundinamarca, con el objeto de llenar los vacíos y deficiencias de la legislación nacional y de los decretos del Gobierno sobre organización y administración de la citada Comisaría.
Comuniquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de junio de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Gabriel RODRIGUEZ DIAGO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.