por el cual se crea la delegación permanente de Colombia ante la organización de aviación civil internacional, OACI, se crea un cargo, se hace un nombramiento y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1994-05-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que la confiere los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º. Créase la Delegación Permanente de Colombia ante la Organización de Aviación Civil Internacional, OACI, con sede en Montreal, Canadá.
Artículo 2º. Derogado.
Artículo 3º. El Agregado Aeronáutico ante la Organización de Aviación Civil Internacional, OACI, será el Representante Delegado de Colombia ante dicho organismo y cumplirá las funciones que ello implique, en especial las establecidas en el artículo 54 de la Ley 12 de 1947, de acuerdo con las instrucciones sobre las políticas que en materia de gestión Aeronáutica le imparta el Ministerio de Transporte y el Director de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.
Artículo 4º. Las condiciones técnicas y académicas del Agregado Aeronáutico son las establecidas en las normas vigentes, sin perjuicio de que sean adicionadas o modificadas.
Artículo 5º. Nómbrase la doctor Juan Carlos López Castrillón, identificado con la cédula de ciudadanía número 10534142 de Popayán, en el cargo de Agregado Aeronáutico, con la categoría de Consejero, con sede en Montreal, Canadá.
Artículo 6º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.
Artículo 7º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a 24 de mayo de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Noemí Sanín de Rubio.

El Ministro de Transporte,

Jorge Bendeck Olivella.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

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