por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Presidencia de la República)

Rango Decreto
Publicación 1958-07-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de Colombia,

obrando de conformidad con las disposiciones de los Decretos legislativos 0164 de 1950 y 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

CAPITULO 002

Comité Nacional de Planeación.

001. Del artículo 0020. Para el pago de contratos con expertos, del Comité Nacional de Planeación, en el año $ 100.000 00
Suma el contracrédito $ 100.000 00
CAPITULO 001 PRESIDENCIA Personal y Material.
301. Al artículo 0009. Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de los vehículos al servicio de la Presidencia de la República y sus dependencias citadas, en la presente vigencia y $ 30.000 00
003. Al artículo 0013. Para gastos extraordinarios e imprevistos, y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores 30.000 00
CAPITULO 002 Comité Nacional de Planeación.
003. Al artículo 0022. Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, avisos, publicaciones oficiales del ramo legalmente autorizadas, y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 40.000 00
Suman los créditos $ 100.000 00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de junio de 1958

Mayor General GABRIEL PARIS,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jesús María Marulanda.

El Secretario General Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan B. Córdoba

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