por medio del cual se adiciona parcialmente la planta de personal de la Superintendencia de Comercio Exterior
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el Decreto ley 691 de 1967,
DECRETA:
Artículo 1° Señálase la siguiente planta de personal de la División de Control de Precios Internacionales de la Superintendencia de Comercio Exterior:
Jefatura de la División.
| 1 Jefe de División (Economista) | $ 8.000 |
|---|---|
| 1 Secretaria Mecanotaquígrafa Bilingüe | 2.500 |
| 1 Secretaria Auxiliar | 1.600 |
Sección de Selección y Ejecución de Investigaciones.
| 1 Jefe de Sección (Economista experto en precios) | 6.000 |
|---|---|
| 1 Contador Público Juramentado | 5.000 |
| 1 Secretario Auxiliar | 1.600 |
Sección de Análisis y Conceptos.
| 1 Ingeniero Industrial | 5.500 |
|---|---|
| 1 Ingeniero Químico | 5.500 |
| 1 Ingeniero Textil | $ 5.500 |
| 2 Secretarias Auxiliares, cada una | 1,600 |
Sección de Archivo e Información.
| 1 Jefe de sección | 3.500 |
|---|---|
| 1 Secretaria Auxiliar | 1.600 |
Artículo 2° El Asesor jurídico del despacho del Superintendente tendrá la misma asignación de los Jefes de División de la Superintendencia.
Artículo 3° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y ejecútese.
Dado en Bogotá, D. E a junio 5 de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Fomento, Antonio Alvarez Restrepo.
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