Por el cual se fija una asignación, se reconocen unos sueldos y se hacen varios nombramientos

Rango Decreto
Publicación 1932-06-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° La asignación mensual del Administrador de Hacienda Nacional del Caquetá se señala en la suma de $ 80, que rige con anterioridad al primero de marzo del presente año.
Artículo 2° Los señores Tiberio Vásquez, Contador interino de la Administración de Hacienda Nacional de Quibdó; Federico Diago Díaz, Alfredo Barrero C. y Hernando Solano, Capitán, Teniente y Guarda, respectivamente, del Resguardo de la Aduana de Ipiales, devengan sus respectivas asignaciones, el primero desde el día primero del mes en curso, y los demás desde la fecha en que tomaron posesión de sus cargos.
Artículo 3° Hácense los siguientes nombramientos para las dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:

Conserje de la Aduana de Barranquilla, en reemplazo de Pedro Pimienta, quien no aceptó, a Rafael Pimienta.

Guarda del Resguardo de la Aduana de Buenaventura, en reemplazo de Eliseo Perdomo, a Rafael Guerra M.

Guarda del Resguardo de la Aduana de Riohacha, en reemplazo de Salvador Fuentes, a Rafael Puentes Perpiñán.

Inspector de barcas de la Aduana de Cartagena, en reemplazo del señor Saúl Flórez, por haberse vencido la licencia que se le concedió, al señor Francisco E. Amor.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Irco (Anolaima) a 17 de junio de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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