Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-05-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 25 de abril del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de la Economía Nacional, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Capítulo 50.
Del artículo 673. Para los gastos especiales que ocasione el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los Decretos legislativos números 1475 y 1699 de 1912, sobre estudios económicos de las industrias agrícola y ganadera del país, reconocimiento agrícola, juntas de fomento y demás gastos que demande este servicio $ 5.000.00
Capítulo 54.
Del artículo 832. Para sueldos, jornales, arrendamientos, sanidad, transportes, compra de equipos y demás gastos que ocasionen las Comisiones de Estudios de las diferentes zonas del país, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 107 de 1936. 11.295.00
Suman los contracréditos $ 16.295.00
Capítulo 50. Al articulo 672. Para muebles, gastos de reparaciones y repuestos del equipo mecánico de las oficinas, y gastos de conservación y reparación del mobiliario, útiles de escritorio, formularios y demás gastos del material del Ministerio 5.000.00
Capítulo 54. Al artículo 828. Para sueldos del personal del Departamento, en el año (Secciones 1ª, 2ª, 3ª) 6.975.00
Al artículo 834. Para sueldos del personal de la Comisión Especial de Aguas, de Cali 3.600.00
Al artículo 840. Para sueldos de la Comisión Especial de Aguas, de La Guajira 720.00
Suman los créditos $ 16.295.00
Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de abril de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

El Ministro de la Economía Nacional,

Luis TAMAYO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.