Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Justicia)
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 8 de abril del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente, dentro de las apropiaciones del Ministerio de Justicia, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
| Ministerio de Justicia. | Ministerio de Justicia. | Ministerio de Justicia. |
|---|---|---|
| CAPITULO 25 | CAPITULO 25 | CAPITULO 25 |
| Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional. | Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional. | Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional. |
| Del artículo 211. Para sueldos del personal de los Juzgados Superiores de Policía, Instrucción Criminal, de la capital de la República y de fuera, Juzgado Permanentes y Juzgados de Policía, en el año | $ | 16.630.80 |
| Del artículo 212. Para sueldos del personal de los Juzgados de Previsión de Casanare y Arauca y de El Bordo, en el año | 1.200.00 | |
| Del artículo 217. Para sueldos del personal del Instituto de Medicina Legal y de las Oficinas de Medicina Legal de Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta, Ibagué, Manizales, Medellín, Neiva, Pasto, Popayán, Quibdó, Santa Marta y Tunja, en el año | $ | 6.169.20 |
| Suman los contracréditos | $ | 24.000.00 |
| CAPITULO 16 | CAPITULO 16 | CAPITULO 16 |
| Ministerio. | Ministerio. | Ministerio. |
| Al artículo 162. Para sueldos de los empleados de las dependencias, Secciones y Departamentos del Ministerio, y gastos de representación del Ministro, en el año | $ | 24.000.00 |
| Suman los créditos | $ | 24.000.00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de abril de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Justicia,
José Gabriel de la Vega.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
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