Por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 0773 de 1959

Rango Decreto
Publicación 1959-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Modificase el artículo 2º del Decreto primero 0773 de 1959, en el sentido de que los .cargos de Contador I (General), grado 7, Cajero IV (Pagador), grado 8, y Almacenista III (General), grado 7, creados en dicho artículo para atender los trabajos de construcción del sector San Martin-San Vicente del Caguán, que forma parte de la Carretera Troncal Oriental, así como de las vías de penetración de los Llanos Orientales, quedan clasificados como Contador II (General), grado 9; Cajero V (Pagador), grado 10, y Almacenista IV (General), grado 9.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, .D. E., a 9 de abril de 1959.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Obras Públicas,

Virgilio Barco Vargas.

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