por el cual se delegan algunas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 1986-04-04
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5º del Acto legislativo número 1 de 1977, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República estará ausente del país durante los días 13 y 14 de abril del presente año, con motivo de la entrega del premio que la Unicef le ha otorgado, la cual se llevará a cabo en la ciudad de New York;

Que el Ministro de Relaciones Exteriores, en razón de la precedencia establecida en las leyes y en consideración a su filiación política, está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º Deléganse, por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, de acuerdo con los considerandos de este Decreto, en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Augusto Ramírez Ocampo, las funciones correspondientes a las asuntos indicados en los numerales 5,6, 7 y 8 del artículo 118; numeral 2 del artículo 119; numerales 2, 3, 6 y 7 del artículo 120 y el artículo 121 de la Constitución Política.
Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de abril de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Víctor G. Ricardo.

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