Por el cual se crean unos puestos en la Aduana de Barranquilla
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Con el carácter de supernumerarios y desde la fecha de este Decreto, créanse en la Administración de la Aduana de Barranquilla, dos Ayudantes del Guardalmacén, con la asignación mensual de cien pesos ($ 100).
Cópiese y comuníquese.
Dado en Bogotá a 24 de junio de 1926.
Por delegación del Excelentísimo señor Presidente, el Ministro de Gobierno, Ramón RODRIGUEZ DIAGO-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.
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