Por el cual se crean las oficinas de Catastro de Zipaquirá y Gachetá y se reorganiza la de Girardot
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto-ley número 998 de 1950, y
CONSIDERANDO:
Que para la mayor eficiencia en el despacio, de los asuntos que son de la competencia la Oficina Seccional de Catastro de Cundinamarca, es conveniente descentralizar los servicié catastrales de varios Circuitos de Registro, mediante el establecimiento de Oficinas de Conservación en las capitales de tales Circuitos;
Que es asimismo conveniente reorganizar la Oficina de Catastro del Circuito de Girardot,
DECRETA:
Artículo 1°. Como dependencias inmediatas, la Oficina Seccional de Catastro de Cundinamarca, créanse las Oficinas de Catastro de Zipaquirá y Gacheta, cada una con jurisdicción en los Municipios que integran el respectivo Circuito de Registro.
Artículo 2°. Las nuevas dependencias, así con la de Girardot, tendrán a su cargo la coordinación de los catastros de su jurisdicción la asesoría y vigilancia de las respectivas Juntas Municipales de Catastro, previstas en los Decretos-leyes números 259 y 2001 de 1954.
Artículo 3°. De conformidad con la escala de las categorías y asignaciones previstas en el Decreto número 785 de 1953, las nuevas Oficinas tendrán el siguiente personal:
- a) Oficina de Catastro de Zipaquirá.
1 Subjefe de Conservación (Ayudante 3°).
1 Oficial 5° de Conservación (Auxiliar)
- b) Oficina de Catastro de Gacheta.
1 Subjefe de Conservación (Ayudante 5°)
1 Oficial 6° de Conservación (Auxiliar 4°).
- c) Oficina de Catastro de Girardot.
1 Subjefe de Conservación (Ayudante 3°)
1 Oficina 5° de Conservación (Auxiliar 3°)
Artículo 4°. Para desempeñar los cargos previstos en el artículo anterior, hácense los siguientes nombramientos:
- a) Oficina de Catastro de Zipaquirá.
Subjefe de Conservación, Elio A. Lázaro Núñez.
Oficial 5° de Conservación, Judith Hurtado de Borrero.
- b) Oficina de Catastro de Gacheta.
Subjefe de Conservación, Nemesio Cuervo.
Oficial de Conservación, Germán Díaz Carrizosa.
- c) Oficina de Catastro de Girardot.
Subjefe de Conservación, Daniel González S.
Oficial 5° de Conservación, Pedro Morales Gordillo.
Artículo5°. Suprímanse en la Oficina Seccional de Catastro de Cundinamarca, los siguientes cargos:
1 Presidente 1° de Comisión (Ayudante 6°).
1 Oficial 3° de Conservación (Ayudante 8°).
2 Revisores 3°s de Catastros Fiscales (Ayudante 9°s.).
2 Mecanógrafos (Auxiliares 6°s.).
Artículo 6°. Suprímanse en la Oficina de Catastro de Girardot, los cargos de:
Oficial 3° de Conservación (Ayudante 89),
Oficial 7° de Conservación (Auxiliar G6°).
Artículo7°. Declárase insbsistente el nombramiento del señor Francisco Convers C., Revisor de Catastros Fiscales de la Oficina Sección; de Catastro dé Cundinamarca.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de abril de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
Carlos Villaveces.
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