Por el cual se organizan los trabajos de sostenimiento de las carreteras Abrego-Ocaña-Convención-La Mata y Carmen-La Vega

Rango Decreto
Publicación 1944-05-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° De la partida apropiada en el capítulo 114, articulo 1943 del Presupuesto extraordinario de la vigencia actual, se tomará la suma de cien mil pesos ($ 100.000) para los trabajos de adiciones y mejoras y conservación, durante la construcción del sector de carretera Abrego-La Mata, perteneciente a la carretera Abrego-Chiriguaná.
Artículo 2° La dirección y administración de los trabajos indicados estarán a cargo del Ingeniero-Jefe de la carretera Gamarra-Ocaña.
Artículo 3° El recibo de fondos, pago de gastos, rendición de cuentas y el manejo de los elementos que se destinen a los trabajos mencionados, continuarán bajo el cuidado del Habilitado-Almacenista de la carretera Gamarra-Ocaña, señor Manuel Navarrete, cuyo sueldo se pagará así el 70% con los fondos señalados en el artículo 1° de este Decreto y el 30% restante, con los fondos de la carretera Gamarra-Ocaña.
Artículo 4° Queda por el presente Decreto modificado el número 1608 de 1941, en lo que se refiere al pago del sueldo del Habilitado-Almacenista, señor Manuel Navarrete.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de abril de 1944.

DARIO ECHANDIA

El Ministro de Obras Públicas,

Hernán ECHAVARRIA OLOZAGA

Digitó: CC1.023.922.646

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