Por el cual se concede una autorización a la Empresa Colombiana de Petróleos

Rango Decreto
Publicación 1955-05-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que la confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa Colombiana de Petróleos ha solicitado licencia para importar un tanque de acero de características especiales, con destino a sus instalaciones de "El Centro", Santander, y demostró que Acerías Paz del Río S. A., no puede venderle oportunamente tal artículo

DECRETA:

Artículo primero. Autorízase a la Empresa Colombiana de Petróleo, para importar con destino a sus instalaciones de "El Centro" Santander, un tanque de acero soldado con capacidad para cincuenta y cinco mil (55.000) barriles de petróleo crudo y peso aproximado de trescientas noventa y ocho mil (398.000) libras.
Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de abril de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Fomento,

Manuel Archila Monroy.

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