Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal y alimentación de alumnas y empleadas internas de la Escuela Normal de Rurales de Popayán

Rango Decreto
Publicación 1943-01-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal y alimentación de alumnas y empleadas internas de la Escuela Normal de Rurales de Popayán, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

artículo 892. Para sueldos del personal, en enero:

Directora (interna) 190 00
Secretaria-Habilitada (interna) 100.00
Cuatro Profesoras Internas a $ 100 cada una 400.00
Médico-Profesor 90.00
Dentista 60,00
Profesor de Castellano 45.00
Profesor de Agricultura 50.00
Profesor de Música y Canto 45 00
Profesor de Trabajos Manuales 48.00
Profesor de Dibujo 45.00
Profesor de Religión 30.00
Directora de la Escuela Anexa 100.00
Profesora de la Escuemla Anexa 90.00
Profesora-Directora de Estudios 120.00
Ecónoma 60 00
Para servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 165 00
Suma $ 1.638.00

Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, así:

Directora 2.000.00 2.200.00
Secretaria-Habilitada 100.00 1.100.00
Cuatro Profesoras Internas, a $ 100 cada una 400.00 4.400.00
Una Profesora (interna) 100.00 1.100.00
Médico-Profesor 90.00 990.00
Dentista 60.00 669.00
Profesor de Agricultura 50.00 550.00
Profesor de Dibujo 36.00 396.00
Capellán-Profesor de Religión 40.00 440.00
Profesor de Trabajos Manuales 24.00 264.00
Directora de la Escuela Anexa 100.00 106.00
Profesora de la Escuela Anexa 90.00 990.00
Profesor de Educación Física 80.00 880.00
Ecónoma (interna) 60.00 660.00
Enfermera (interna) 40.00 440.00
Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora, hasta 168.00 1.848.00
Totales $ 1 638 00 19.656.00
De 03 alumnas becadas, a $ 16 cada una $ 1.008.00 9 576.00
De 10 empleadas internas, a $ 16 cada una 160.00 1.520 00
Para restaurantes de la Escuela Anexa 120.00 1.140.00
Del servicio doméstico, hasta 65.00 617.50
Servicios
De energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, excursiones y demás gastos de esta.Normal 3.146.50
Total $ 16 000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá .a 20 de.enero,de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión ,Social, encargado , del Despacho de Educación Nacional,

Arcesio LONBOÑO PALACIO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.