Por el cual se deroga parcialmente el Decreto 2416 del 23 de noviembre de 1988

Rango Decreto
Publicación 1989-05-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 3 y 12 del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º Derogar los parágrafos 1º y 2º del artículo 3º, así como el numeral 3º del artículo 13 del Decreto 2416 de 1988.
Artículo 2º El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de mayo de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Gobierno

Raúl Orejuela Bueno.

El Ministro de Educación Nacional

Manuel Francisco Becerra Barney.

El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías,

Jose Noe Ríos.

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