Por el cual se destina una partida para atender a un gasto

Rango Decreto
Publicación 1934-06-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la suma apropiada en el artículo 379 B, del Decreto número 587, de fecha 16 de marzo pasado, destinase la cantidad de, cincuenta mil pesos ($50,000) para atender exclusivamente a los gastos adscritos al Departamento Nacional de Identificación de la Policía Nacional en virtud de las disposiciones del Decreto número 944de '5 de mayo en curso, que reglamenta la Ley 31 de 1929 en lo referente a la Cédula de Ciudadanía.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de mayo de 1934.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro, de Gobierno,

Gabriel TURBAY

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.