Por el cual se abre un crédito al Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1942-05-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que la Contraloría General de la República ha certificado la existencia de un nuevo recurso fiscal por la cantidad de $ 9.951.98, proveniente de las utilidades obtenidas durante el año de 1941 en la venta de estupefacientes (campaña contra la toxicomanía y represión del uso de drogas heroicas), y en los recaudos por concepto de revalidación de licencias para ejercer la profesión de farmacéutico, de conformidad con la Ley 44 de 1935; y

Que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y dictamen favorable a la apertura de un crédito adicional al Presupuesto vigente con base en la cantidad indicada.

DECRETA:

Artículo 1° Con base en la suma de nueve mil novecientos cincuenta y un pesos con noventa y ocho centavos ($ 9.951.98), proveniente de las utilidades obtenidas durante el año de 1941 en la venta de estupefacientes y en los recaudos por concepto de revalidación de licencias farmacéuticas, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL

Capítulo 40:

Artículo 419. Para la campaña contra la toxicomanía y represión del uso de estupefacientes, según convenios internacionales (aislamiento de enfermos, pensiones hospitalarias y demás gastos) $ 8.976.98
Artículo 423. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la Policía Sanitaria 500.00
Artículo 424. Para material, arrendamientos, muebles, útiles de escritorio, jornales, luz, teléfonos y demás gastos similares de la Policía Sanitaria 475.00
Total $ 9.951.98
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de abril de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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