Por el cual se suprimen unos cargos, se crea otro y se aumenta una asignación en el ramo de Carreteras Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
DECRETA:
Artículo primero. A partir de 1a fecha del presente Decreto se suprimen los siguientes cargos:
Ingeniero-Primero Ayudante de 1a Comisión de Estudios, proyectos y Construcción de la carretera Bolívar (Santander), a empalmar con la de Barbosa Puerto O1aya, creado por Decreto número 3515 de 1947, en su artículo primero.
Ingeniero Jefe, Almacenista Pagador y Dibujante, de la carretera Miraflores-Garagoa, creados los dos primeros por Decreto número 4106 de 1948, y el último por Decreto número 3339 de 1947.
Ingeniero Ayudante de la Comisión de trabajos, preliminares para la carretera Palmira-Cartago, creado por Decreto número 1149 de 1947.
Artículo segundo. A partir de la fecha del presente Decreto el Ingeniero Jefe de la Carretera Troncal Oriental, sector La Mata-Rinconhondo; devengará una asignación mensual de setecientos pesos ($ 700) moneda corriente.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 12 de abril de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO- Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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