Por el cual se modifica el artículo único del Decreto número 572 de fecha 16 de marzo el corriente año

Rango Decreto
Publicación 1934-06-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de La República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Desde el 16 de los corrientes la asignación mensual del Adjunto Archivero del Departamento número 1 (Secretaría), del Ministerio de Guerra, será de ciento cincuenta pesos ($150).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de mayo de 1934.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Guerra,

Alfonso ARAUJO

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