Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Departamento Administrativo del Servicio Civil y Ministerios de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional, Minas y Petróleos y Educación Nacional), por $ 8.777.500.00

Rango Decreto
Publicación 1967-06-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno para hacer, mediante decreto, los traslados presupuéstales, necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo plan de inversiones de Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto-ley número 1675 de 1964;

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil y los Ministerios de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional. Minas y Petróleos y Educación Nacional, han declarado sobrantes y disponibles, mediante la expedición de las correspondientes resoluciones, algunas partidas en sus respectivos presupuestos de gastos, por no ser necesarias durante el resto de la vigencia, y a la vez solicitado que se trasladen para incrementar otras apropiaciones deficientes dentro del presupuesto de las mismas entidades, por un total de $ 8.777.500.00 moneda legal;

Que para amparar las operaciones presupuéstales de que se trata, el Contralor General de la República ha expedido los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 7, 8, 9 y 10 de 1967, por un valor igual al que se trata de transferir , y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:

Presupuesto de funcionamiento

Contracréditos.

Departamento Administrativo del Servicio Civil,

CAPITULO 042

Departamento Administrativo del Servicio Civil

Programa 083

Adiestramiento, clasificación, selección y control de personal.

Servicios personales

101 111 103. Artículo 0413. Sueldos del personal de nómina $24.000

Gastos generales

105 111 301. Artículo 0417. Compra de equipó 3.000
106 111 311. Artículo 0420. Impresos y publicaciones 2.000

Programa 084

Asuntos Administrativos Generales

101 111 103. Artículo 0421. Sueldos del personal de nómina 8.500

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Deuda Pública Nacional

CAPITULO 301

División Crédito Público

Programa 362

Deuda Interna

Documentos al portador

Bonos de Desarrollo Económico

510 Artículo 3053. Servicio de los "Bonos de Desarrollo Económico" de las emisiones de 1960, 1961, 1962 y 1965 de la clase "B" del 8 1/2 % anual y emisión de 1965 de las clases "C" y "D" del 8 1/2% y 5% anual, respectivamente, emitidos de conformidad con los contratos de fideicomiso celebrados entre el Gobierno Nacional y las Corporaciones Financiera Colombiana de Desarrollo Industrial y la Financiera Nacional y el Instituto de Fomento Industrial "IFI", el 21 de mayo de 1960, el 10 de febrero de 1961, el 12 de abril de 1962 y el 30 de noviembre de 1965, en desarrollo de lo dispuesto en las Leyes

130 de 1959 y 7 de 1962, en el Decreto número 2324 de1965, y en los decretos números 0864 y 1376 de 1960, 274 de 1961, 933 de 1962, 2855 y 3149 de 1965 y 454 y 1419 de 1966, así:

1° Bono clase "B" del 8 ½ % 76.016.516
2°Bono Clase "C" del 8 ½ % 21.474.804
3° Bono Clase "D" del 8 ½ % 22.474.804
119.741.863

Que se descomponen en la siguiente forma:

306 501 1° Amortización 63.988.796
307 505 2° Intereses 48.473.189
308 511 3° Comisiones y gastos 7.279.878 8.400.000

Ministerio de Educación Nacional

CAPITULO 0701

Administración y Dirección.

Programa 457

Asesorías e Inspección

Servicios personales

101 111 103. Artículo 7019. Sueldos del personal de nómina 90.000
CAPITULO 0702 Rama Técnica Programa 458 Jefatura de la Rama Técnica y Programa Nacional de Becas. Servicios personales 101 Artículo 7027. Sueldos del personal de nómina 6000
101 Artículo 7027. Sueldos del personal de nómina
101 Artículo 7027. Sueldos del personal de nómina
--- ---

Programa .459

Educación Elemental y Alfabetización

Subprograma 1. Dirección y Control

Servicios personales

101 .311 103. Artículo 7037. Sueldos del personal de nómina 9.000

Subprograma 4. Asistencia y Protección Escolar

Servicios personales

101 312 103. Artículo 7056. Sueldos del personal de nómina 10.000
Ordinal 12. Bogotá 10.000

Subprograma 6. Enseñanza Experimental. Escuelas Piloto.

Servicios personales

161 312 103. Artículo 7077. Sueldos del personal de nómina 25.000
Ordinal 1. Escuela Piloto de Aplicación de Bogotá 20.000 Ordinal 2. Escuela Nacional Bavaria 5.000

Programa 460

Educación Media

Subprograma 1. Dirección y Control,

Servicios personales

101 311 103 Artículo 7094. Sueldos del personal de nómina 10.000

Programa 461

Educación Superior y .Normalista

Subprograma 1. Dirección y Control Servicios personales

101 311 103. Artículo 7164. Sueldos del personal de nómina 10.000

Programa 462

Divulgación Cultural

Subprograma 4. Publicaciones Culturales

Servicios personales

101 317 103 Artículo 7218. Sueldos del personal de nómina 10.000

Programa 463

Servicios personales

101 311 103 Artículo 7232. Sueldos del personal de nómina $ 20.000

CAPITULO 0703

Rama Administrativa

Programa 465

Administración de Personal

Servicios personales

101 111 103 Artículo 7248. Sueldos del personal de nómina 25.000

Programa 466

Servicios generales

Servicios personales

101 111 103 Artículo 7257. Sueldos del personal de nómina 25.000

Presupuesto de inversión

Ministerio de Minas y Petróleos

CAPITULO 1121

Rama Técnica

Programa 1122

Estudio de minas, investigaciones geológicas y asistencia técnica.

Inversión directa

Recursos ordinarios

420 232 Artículo 11202. Para estudios de minas, investigaciones geológicas y asistencia técnica 100.000
Proyecto 1. Estudio de evaluación de reserva de petróleo y gas $ 100.000
Suman los contracréditos 8.777.500

Créditos.

Presupuesto de funcionamiento

Departamento Administrativo del Servicio Civil

CAPITULO 041

Comisión Nacional del Servicio Civil

Programa 081

Administración de la Comisión

Gastos generales

105 111 201 Artículo 0404. Mantenimiento y aseguros 1.500
106 111 305 Artículo 0405. Materiales y suministros 3.000

CAPITULO 042

Departamento Administrativo del Servicio Civil

Programa 082

Administración del Departamento

Gastos generales

105 111 201 Artículo 0409. Mantenimiento y asegures 12.000
106 111 305 Articulo 0411. Materiales y suministros 4.000

Programa 083

Adiestramiento, clasificación, selección y control de personal.

Gastos generales

105 111 201 Artículo 0416. Mantenimiento y asegures 3.000
106 111 305 Artículo 0419. Materiales y suministros 5.000

Programa 084

Asuntos Administrativos Generales

Gastos generales

106 111 207 Artículo 0427. Servicios públicos 3.000
106 111 305 Artículo 0428. Materiales y suministros 6.000

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Deuda Pública Nacional

CAPITULO 301

División de1 Crédito Público

Programa 361

Deuda Externa

Documentos a la orden

Banco Interamericano de Desarrollo

Crédito 23-CO

510 Artículo 3029. Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo, de Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia y el Banco Interamericano de Desarrollo, para financiar la Sección de Proyectos Específicos del Departamento Administrativo de Planeación, de fecha 14 de octubre de 1961, en armonía con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 2483 de octubre 3 de 1961, expedida en virtud de la Ley 123 de 1959, así:
301 501 1° Amortización 2.200.000
--- --- ---
302 505 2° Intereses 450.000

Programa 362

Deuda Interna

Documentos al portador

Bonos para el Subsidio del Transporte Colectivo Urbano

510 Artículo 3058. Servicio de los "Bonos para el Subsidio del Transporte Colectivo Urbano" del 5% anual, emitidos de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto legislativo número 624 de 1966, y en desarrollo del contrato de fideicomiso celebrado con la Corporación Financiera del Transporte de fecha 26 de mayo de 1966, así:
306 501 Amortización 3.800.000
--- --- ---
307 505 510 2°. Intereses 250.000

Bonos. Deuda Interna - Ganadería

510 Artículo 3059. Servicio de los Bonos de Deuda Pública Interna del 8% anual amortizables en 10 años, emitidos de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto legislativo número 1594 de 1966, así:
206 501 1°Amortización 1.700.000
--- --- ---

Ministerio de Educación Nacional

CAPITULO 0701

Administración y Dirección

Programa 456

Dirección de la Educación

Gastos generales

105 111 201. Artículo 7004. Mantenimiento y asegures 15.000
106 111 205. Artículo 7007. Servicios públicos 5.000
106 111 305. Artículo 7008. Materiales y suministros 15.000

Programa 457

Asesorías e Inspección

Gastos generales

105 111 201. Artículo 7021. Mantenimiento y aseguros 5.000
106 111 207 Artículo 7024. Servicios públicos 6.000

CAPITULO 0702

Rama Técnica

Programa 460

Educación Media.

Subprograma 1. Dirección y Control

Gastos generales

105 311 201 Artículo 7096. Mantenimiento y aseguros 1.000
105 311 203. Artículo 7097. Viáticos y gastos de viaje 10.000
106 311 207. Artículo 7099. Servicios públicos 2.000

Programa 461

Educación Superior y Normalista

Subprograma 1. Dirección y Control

Gastos generales

106 311 207. Artículo 7168. Servicios públicos 4.000

Programa 462

Divulgación Cultural

Subprograma 1. Direcci6n y Control

Gastos generales

106 311 207 Artículo 7201. Servicios públicos 2.000
106 311 211 Artículo 7204. Gastos varios e Imprevistos 10.000

Subprograma 2. Cultura popular, espectáculos y semanas nacionales de Cultura.

Servicios personales

101 317 111. Artículo 7206.Honorarios 50.000

Subprograma 5. Educación Física y actividades deportivas

Gastos generales

106 311 207. Artículo 7228. Servicios públicos 1.000

CAPITULO 0703

Rama Administrativa

Programa 464

Jefatura de la Rama Administrativa

Gastos generales

105 111 201. Artículo 7243. Mantenimiento y aseguros 20.000

106 111 207. Artículo 7246. Servicios públicos 5.000

Programa 465

Administración de personal

Gastos generales

105 111. 201 Artículo 7252. Mantenimiento y aseguro 5.000

Programa 466

Servicios generales

Gastos generales

105 111 201 Artículo 7260. Mantenimiento y aseguros 24.000
105 111 301 Artículo 7261. Compra de equipo 40.000
106 111 305 . Artículo 7265. Materiales y suministros 20.000

Presupuesto de inversión

Ministerio de Minas y Petróleos

CAPITULO 1121

Rama Técnica

Programa 1122

Estudio de minas, investigaciones geológicas y asistencia técnica.

Inversión directa

Recursos ordinarios

420 232 Artículo 11202. Para estudios de minas, investigaciones geológicas y asistencia técnica 100.000
Suman los créditos $ 8.777.500
Artículo 2° E l presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de junio de 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.