Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Departamento Administrativo del Servicio Civil y Ministerios de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional, Minas y Petróleos y Educación Nacional), por $ 8.777.500.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno para hacer, mediante decreto, los traslados presupuéstales, necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo plan de inversiones de Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto-ley número 1675 de 1964;
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil y los Ministerios de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional. Minas y Petróleos y Educación Nacional, han declarado sobrantes y disponibles, mediante la expedición de las correspondientes resoluciones, algunas partidas en sus respectivos presupuestos de gastos, por no ser necesarias durante el resto de la vigencia, y a la vez solicitado que se trasladen para incrementar otras apropiaciones deficientes dentro del presupuesto de las mismas entidades, por un total de $ 8.777.500.00 moneda legal;
Que para amparar las operaciones presupuéstales de que se trata, el Contralor General de la República ha expedido los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 7, 8, 9 y 10 de 1967, por un valor igual al que se trata de transferir , y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:
Presupuesto de funcionamiento
Contracréditos.
Departamento Administrativo del Servicio Civil,
CAPITULO 042
Departamento Administrativo del Servicio Civil
Programa 083
Adiestramiento, clasificación, selección y control de personal.
Servicios personales
| 101 111 103. | Artículo 0413. Sueldos del personal de nómina | $24.000 |
|---|---|---|
Gastos generales
| 105 111 301. | Artículo 0417. Compra de equipó | 3.000 |
|---|---|---|
| 106 111 311. | Artículo 0420. Impresos y publicaciones | 2.000 |
Programa 084
Asuntos Administrativos Generales
| 101 111 103. | Artículo 0421. Sueldos del personal de nómina | 8.500 |
|---|---|---|
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Deuda Pública Nacional
CAPITULO 301
División Crédito Público
Programa 362
Deuda Interna
Documentos al portador
Bonos de Desarrollo Económico
510 Artículo 3053. Servicio de los "Bonos de Desarrollo Económico" de las emisiones de 1960, 1961, 1962 y 1965 de la clase "B" del 8 1/2 % anual y emisión de 1965 de las clases "C" y "D" del 8 1/2% y 5% anual, respectivamente, emitidos de conformidad con los contratos de fideicomiso celebrados entre el Gobierno Nacional y las Corporaciones Financiera Colombiana de Desarrollo Industrial y la Financiera Nacional y el Instituto de Fomento Industrial "IFI", el 21 de mayo de 1960, el 10 de febrero de 1961, el 12 de abril de 1962 y el 30 de noviembre de 1965, en desarrollo de lo dispuesto en las Leyes
130 de 1959 y 7 de 1962, en el Decreto número 2324 de1965, y en los decretos números 0864 y 1376 de 1960, 274 de 1961, 933 de 1962, 2855 y 3149 de 1965 y 454 y 1419 de 1966, así:
| 1° Bono clase "B" del 8 ½ % | 76.016.516 |
|---|---|
| 2°Bono Clase "C" del 8 ½ % | 21.474.804 |
| 3° Bono Clase "D" del 8 ½ % | 22.474.804 |
| 119.741.863 |
Que se descomponen en la siguiente forma:
| 306 501 | 1° Amortización | 63.988.796 | |
|---|---|---|---|
| 307 505 | 2° Intereses | 48.473.189 | |
| 308 511 | 3° Comisiones y gastos | 7.279.878 | 8.400.000 |
Ministerio de Educación Nacional
CAPITULO 0701
Administración y Dirección.
Programa 457
Asesorías e Inspección
Servicios personales
| 101 111 103. | Artículo 7019. Sueldos del personal de nómina | 90.000 |
|---|---|---|
| CAPITULO 0702 Rama Técnica Programa 458 Jefatura de la Rama Técnica y Programa Nacional de Becas. Servicios personales 101 Artículo 7027. Sueldos del personal de nómina | 6000 | |
| 101 | Artículo 7027. Sueldos del personal de nómina | |
| 101 | Artículo 7027. Sueldos del personal de nómina | |
| --- | --- |
Programa .459
Educación Elemental y Alfabetización
Subprograma 1. Dirección y Control
Servicios personales
| 101 .311 103. | Artículo 7037. Sueldos del personal de nómina | 9.000 |
|---|---|---|
Subprograma 4. Asistencia y Protección Escolar
Servicios personales
| 101 312 103. | Artículo 7056. Sueldos del personal de nómina | 10.000 |
|---|---|---|
| Ordinal 12. Bogotá | 10.000 |
Subprograma 6. Enseñanza Experimental. Escuelas Piloto.
Servicios personales
| 161 312 103. | Artículo 7077. Sueldos del personal de nómina | 25.000 |
|---|---|---|
| Ordinal 1. Escuela Piloto de Aplicación de Bogotá 20.000 Ordinal 2. Escuela Nacional Bavaria 5.000 |
Programa 460
Educación Media
Subprograma 1. Dirección y Control,
Servicios personales
| 101 311 103 | Artículo 7094. Sueldos del personal de nómina | 10.000 |
|---|---|---|
Programa 461
Educación Superior y .Normalista
Subprograma 1. Dirección y Control Servicios personales
| 101 311 103. | Artículo 7164. Sueldos del personal de nómina | 10.000 |
|---|---|---|
Programa 462
Divulgación Cultural
Subprograma 4. Publicaciones Culturales
Servicios personales
| 101 317 103 | Artículo 7218. Sueldos del personal de nómina | 10.000 |
|---|---|---|
Programa 463
Servicios personales
| 101 311 103 | Artículo 7232. Sueldos del personal de nómina | $ 20.000 |
|---|---|---|
CAPITULO 0703
Rama Administrativa
Programa 465
Administración de Personal
Servicios personales
| 101 111 103 | Artículo 7248. Sueldos del personal de nómina | 25.000 |
|---|---|---|
Programa 466
Servicios generales
Servicios personales
| 101 111 103 | Artículo 7257. Sueldos del personal de nómina | 25.000 |
|---|---|---|
Presupuesto de inversión
Ministerio de Minas y Petróleos
CAPITULO 1121
Rama Técnica
Programa 1122
Estudio de minas, investigaciones geológicas y asistencia técnica.
Inversión directa
Recursos ordinarios
| 420 232 | Artículo 11202. Para estudios de minas, investigaciones geológicas y asistencia técnica | 100.000 |
|---|---|---|
| Proyecto 1. Estudio de evaluación de reserva de petróleo y gas $ | 100.000 | |
| Suman los contracréditos | 8.777.500 |
Créditos.
Presupuesto de funcionamiento
Departamento Administrativo del Servicio Civil
CAPITULO 041
Comisión Nacional del Servicio Civil
Programa 081
Administración de la Comisión
Gastos generales
| 105 111 201 | Artículo 0404. Mantenimiento y aseguros | 1.500 |
|---|---|---|
| 106 111 305 | Artículo 0405. Materiales y suministros | 3.000 |
CAPITULO 042
Departamento Administrativo del Servicio Civil
Programa 082
Administración del Departamento
Gastos generales
| 105 111 201 | Artículo 0409. Mantenimiento y asegures | 12.000 |
|---|---|---|
| 106 111 305 | Articulo 0411. Materiales y suministros | 4.000 |
Programa 083
Adiestramiento, clasificación, selección y control de personal.
Gastos generales
| 105 111 201 | Artículo 0416. Mantenimiento y asegures | 3.000 |
|---|---|---|
| 106 111 305 | Artículo 0419. Materiales y suministros | 5.000 |
Programa 084
Asuntos Administrativos Generales
Gastos generales
| 106 111 207 | Artículo 0427. Servicios públicos | 3.000 |
|---|---|---|
| 106 111 305 | Artículo 0428. Materiales y suministros | 6.000 |
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Deuda Pública Nacional
CAPITULO 301
División de1 Crédito Público
Programa 361
Deuda Externa
Documentos a la orden
Banco Interamericano de Desarrollo
Crédito 23-CO
| 510 | Artículo 3029. Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo, de Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia y el Banco Interamericano de Desarrollo, para financiar la Sección de Proyectos Específicos del Departamento Administrativo de Planeación, de fecha 14 de octubre de 1961, en armonía con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 2483 de octubre 3 de 1961, expedida en virtud de la Ley 123 de 1959, así: | |
|---|---|---|
| 301 501 | 1° Amortización | 2.200.000 |
| --- | --- | --- |
| 302 505 | 2° Intereses | 450.000 |
Programa 362
Deuda Interna
Documentos al portador
Bonos para el Subsidio del Transporte Colectivo Urbano
| 510 | Artículo 3058. Servicio de los "Bonos para el Subsidio del Transporte Colectivo Urbano" del 5% anual, emitidos de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto legislativo número 624 de 1966, y en desarrollo del contrato de fideicomiso celebrado con la Corporación Financiera del Transporte de fecha 26 de mayo de 1966, así: | |
|---|---|---|
| 306 501 | Amortización | 3.800.000 |
| --- | --- | --- |
| 307 505 510 | 2°. Intereses | 250.000 |
Bonos. Deuda Interna - Ganadería
| 510 | Artículo 3059. Servicio de los Bonos de Deuda Pública Interna del 8% anual amortizables en 10 años, emitidos de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto legislativo número 1594 de 1966, así: | |
|---|---|---|
| 206 501 | 1°Amortización | 1.700.000 |
| --- | --- | --- |
Ministerio de Educación Nacional
CAPITULO 0701
Administración y Dirección
Programa 456
Dirección de la Educación
Gastos generales
| 105 111 201. | Artículo 7004. Mantenimiento y asegures | 15.000 |
|---|---|---|
| 106 111 205. | Artículo 7007. Servicios públicos | 5.000 |
| 106 111 305. | Artículo 7008. Materiales y suministros | 15.000 |
Programa 457
Asesorías e Inspección
Gastos generales
| 105 111 201. | Artículo 7021. Mantenimiento y aseguros | 5.000 |
|---|---|---|
| 106 111 207 | Artículo 7024. Servicios públicos | 6.000 |
CAPITULO 0702
Rama Técnica
Programa 460
Educación Media.
Subprograma 1. Dirección y Control
Gastos generales
| 105 311 201 | Artículo 7096. Mantenimiento y aseguros | 1.000 |
|---|---|---|
| 105 311 203. | Artículo 7097. Viáticos y gastos de viaje | 10.000 |
| 106 311 207. | Artículo 7099. Servicios públicos | 2.000 |
Programa 461
Educación Superior y Normalista
Subprograma 1. Dirección y Control
Gastos generales
| 106 311 207. | Artículo 7168. Servicios públicos | 4.000 |
|---|---|---|
Programa 462
Divulgación Cultural
Subprograma 1. Direcci6n y Control
Gastos generales
| 106 311 207 | Artículo 7201. Servicios públicos | 2.000 |
|---|---|---|
| 106 311 211 | Artículo 7204. Gastos varios e Imprevistos | 10.000 |
Subprograma 2. Cultura popular, espectáculos y semanas nacionales de Cultura.
Servicios personales
| 101 317 111. | Artículo 7206.Honorarios | 50.000 |
|---|---|---|
Subprograma 5. Educación Física y actividades deportivas
Gastos generales
| 106 311 207. Artículo 7228. Servicios públicos | 1.000 |
|---|---|
CAPITULO 0703
Rama Administrativa
Programa 464
Jefatura de la Rama Administrativa
Gastos generales
105 111 201. Artículo 7243. Mantenimiento y aseguros 20.000
| 106 111 207. | Artículo 7246. Servicios públicos | 5.000 |
|---|---|---|
Programa 465
Administración de personal
Gastos generales
| 105 111. 201 | Artículo 7252. Mantenimiento y aseguro | 5.000 |
|---|---|---|
Programa 466
Servicios generales
Gastos generales
| 105 111 201 | Artículo 7260. Mantenimiento y aseguros | 24.000 |
|---|---|---|
| 105 111 301 | Artículo 7261. Compra de equipo | 40.000 |
| 106 111 305 | . Artículo 7265. Materiales y suministros | 20.000 |
Presupuesto de inversión
Ministerio de Minas y Petróleos
CAPITULO 1121
Rama Técnica
Programa 1122
Estudio de minas, investigaciones geológicas y asistencia técnica.
Inversión directa
Recursos ordinarios
| 420 232 | Artículo 11202. Para estudios de minas, investigaciones geológicas y asistencia técnica | 100.000 |
|---|---|---|
| Suman los créditos | $ 8.777.500 |
Artículo 2° E l presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de junio de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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