por el cual se delega en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación un contrato de empréstito externo

Rango Decreto
Publicación 2001-06-06
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993,

DECRETA:

Artículo 1º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación, el contrato de préstamo denominado "Programa Sectorial de Reforma Fiscal Territorial" con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, por la suma de cuatrocientos millones de dólares (US$400.000.000) de los Estados Unidos de América.
Artículo 2º. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. C., a 31 de mayo de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, '

Gabriel Mesa Zuleta.

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