por medio del cual el Gobierno Nacional exalta la celebración del Cuarto Congreso Mundial Brahman en la ciudad de Cartagena

Rango Decreto
Publicación 1988-06-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Ministro de Gobierno de la República de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales, en desarrollo del Decreto número 1000 de 1988, y en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que se celebrará en la ciudad de Cartagena el Cuarto Congreso Mundial de Brahman y la exposición Nacional de Ganado Cebú del 2 al 6 de junio del presente año, merced a las gestiones adelantadas por la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado Cebú, “Asocebú”;

Que con la realización de dicho evento se honra y reconoce el esfuerzo hecho por los ganaderos de Colombia para lograr que la raza cebú se constituya en elemento fundamental en el mejoramiento genético bovino del país;

Que el Gobierno Nacional observa con satisfacción y apoya incondicionalmente la celebración de un evento que como éstos enaltece a los ganaderos colombianos y especialmente a la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado Cebú, “Asocebú”;

Que es deber del Gobierno propender por el estímulo y quienes participan en el fomento del desarrollo agrícola y pecuario nacional y mundial,

DECRETA:

Artículo 1° Distíngase el Cuarto Congreso Mundial Brahman y la Exposición Nacional de Ganado Cebú a celebrarse en la ciudad de Cartagena de Indias del 2 al 6 de junio de 1988, con el carácter de evento de interés público nacional.

Artículo 2° Exaltar la labor cumplida por la Asociación Colombiana de Criadores de Ganado Cebú, “Asocebú”, en beneficio de la Ganadería Nacional.

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 1° de junio de 1988.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Agricultura,

Luis Guillermo Parra Dussán.

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