Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que de la partida señalada por medio del Decreto número 45 de fecha 10 de enero del presente año, para personal y demás gastos del Instituto Pedagógico Nacional para Señoritas, hay sobrante de $160, que corresponden a las mensualidades de una alumna delegada de los Cursos Complementarios Internos, que no se presentó a ocupar su puesto;
Que es necesario proveer al mismo Instituto de un Profesor de Francés para los Cursos Complementarios. Internos,
DECRETA:
Artículo único. Destinase la cantidad de ciento sesenta pesos ($160) para atender al pago de los sueldos de un Profesor de Francés para los Cursos Complementarios Internos del Instituto Pedagógico Nacional para Señoritas, a razón de veinte pesos ($20) mensuales en ocho meses, contados desde el 1° de mayo en curso.
Parágrafo. La partida para dar cumplimiento al presente Decreto figura en las apropiaciones del artículo 168, capítulo 44, del Presupuesto de la vigencia en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de mayo de 1934.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
E1 Secretario del Ministerio de Educación Nacional, autorizado,
Manuel J. HUERTAS
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