Por el cual se distribuyen partidas para el sostenimiento de las Escuelas Vocacionales del Corregimiento de Santander, en el Municipio de Túquerres; Arboledas, Norte de Santander; Suaita, en Santander, y Mocoa, en el Putumayo

Rango Decreto
Publicación 1942-05-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos y sostenimiento en general de las Escuelas Vocacionales Agrícolas del Corregimiento de Santander, en el Municipio de Túquerres; de Arboledas, en Norte de Santander; de Suaita, en Santander, y Mocoa, en el Putumayo, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el presupuesto de la actual vigencia, así:
Capítulo 65, artículo 951:
Mensual Total.
Escuela Vocacional del Corregimiento Je Santander, Municipio de Túquerres, Nariño:
Para el pago de elaboración de censos agrícolas en los Municipios de Túquerres, Pupiales, Yacuanquer, Contadero y Gualmatan 420,00
Sueldo del Director, en nueve (9) meses, de abril a diciembre 140,00 1,260,00
Sueldo del Profesor de Cultura General, en ocho (8) meses, de mayo a diciembre 80,00 640,00
Para compra de semillas, gastos de transportes, combustibles y demás gastos de esta Escuela, en ocho (8) meses, de mayo a diciembre, a. 80,00 640,00
Sumas $ 300,00 2,960,00
Escuela Vocacional Agrícola de Arboledas, Norte de Santander:
Mensual Total.
Sueldo del Director, en ocho meses y medio, del 16 de abril al último di diciembre. $ 140,00 1,190,00
Sueldo del Profesor de Cultura General, en ocho (8) meses, de mayo a diciembre 80,00 640,00
Para compra de semillas, gastos de transportes, combustibles v demás gastos de esta Escuela, en ocho (8) meses, de mayo a diciembre 80,00 640,00
Para sostenimiento del restaurante escolar, en seis (6) meses, de julio a diciembre 100,00 600,00
Sumas $ 400,00 3,070,00
Escuela Vocacional de Suita, Santander:
Mensual Total.
Sueldos del Director, en ocho meses y medio, del 16 de abril al último de diciembre, a 140,00 1,190,00
Sueldos del Profesor de Cultura. General, en ocho (8) meses, de mayo a diciembre 80,00 640,00
Para compra de semillas, gastos de transportes combustibles y demás gastos de esta Escuela, en ocho (8) meses, de mayo a diciembre, 80,00 640,00
Para sostenimiento del restaurante escotar, en seis (6) meses, de julio a diciembre, 100,00 600,00
Sumas $ 400,00 3,070,00
Escuela Vocacional Agrícola de Mocoa, Putumayo.
Mensual Total.
Sueldos del Director, en ocho (8) meses, de mayo a diciembre, a $ 140,00 1,120,00
Sueldos del Profesor de Cultura General, en siete (7) meses, de junio a diciembre, 80,00 560,00
Para compra de semillas, combustibles, gastos de transportes y demás gastos de esta Escuda, en ocho 8) meses, de mayo a diciembre, a 80,00 640,00
Para reparaciones locativas del edificio que ocupa la Escuela 200,00
Sumas $ 300,00 2,520,00

Parágrafo. Las partidas correspondientes a sueldos y restaurantes escolares se girarán por conducto de las respectivas Administraciones de Hacienda. Las correspondientes a gastos varios, semillas, combustibles y reparaciones locativas serán manejadas por el Contador Habilitado de las Escuelas Vocaciones.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de abril de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

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