Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-05-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando

que el Consejo de Ministros, en sil sesión del día 27 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones

del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Ministerio de- Obras Públicas. Ministerio de- Obras Públicas. Ministerio de- Obras Públicas.
Capítulo 112. Del artículo 1629. Para continuar la construcción de la carretera Troncal de Oriente, en el año, así (Cáchira-Abrego) $ 250.000.00
Capítulo 112. Del artículo 1612. Para continuar la construcción de la carretera Popayán-Puracé-La Plata (sector Huila) 250.000.00 250.000.00
Artículo 2° E1 presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de marzo de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Agricultura y Ganadería, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público, Juan G. RESTREPO J.noneEl Ministro de Obras Públicas,Víctor ARCH1LA BRICEÑO

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