Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando
que el Consejo de Ministros, en sil sesión del día 27 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones
del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
| Ministerio de- Obras Públicas. | Ministerio de- Obras Públicas. | Ministerio de- Obras Públicas. |
|---|---|---|
| Capítulo 112. Del artículo 1629. Para continuar la construcción de la carretera Troncal de Oriente, en el año, así (Cáchira-Abrego) | $ | 250.000.00 |
| Capítulo 112. Del artículo 1612. Para continuar la construcción de la carretera Popayán-Puracé-La Plata (sector Huila) | 250.000.00 | 250.000.00 |
Artículo 2° E1 presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de marzo de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Agricultura y Ganadería, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público, Juan G. RESTREPO J.noneEl Ministro de Obras Públicas,Víctor ARCH1LA BRICEÑO
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