por el cual se aprueba el Acuerdo número 008 del 14 de marzo de 1986 de la Junta Directiva de Corpocesar que establece la planta de personal de la Corporación

Rango Decreto
Publicación 1987-06-12
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales en especial las conferidas por los artículos 74 y 75 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 008 del 14 de marzo de 1986 de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Cesar -Corpocesar-, cuyo texto es el siguiente:

«Corporación Autónoma Regional del Cesar "Corpocesar".

ACUERDO NUMERO 008

(marzo 14 de 1986)

por el cual se establece la Planta de Personal de la Corporación Autónoma Regional del Cesar "Corpocesar".

La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Cesar "Corpocesar", en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Corporación Autónoma Regional del Cesar "Corpocesar", serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
No. de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Dirección Ejecutiva.
1 Director General de Establecimiento Público 0015 08
1 Asesor 1020 03
1 Secretario Ejecutivo 5040 17
1 Chofer Mecánico 6010 08
Oficina de Planeación.
1 Jefe de Oficina 2045 14
1 Profesional Especializado 3010 08
2 Profesional Universitario 3020 06
1 Técnico Administrativo 4065 09
1 Operador de Equipos de Sistemas 4100 08
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
Secretaría General.
1 Secretario General 0037 05
1 Profesional Especializado 3010 10
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
Subdirección Administrativa y Financiera.
1 Subdirector General de Establecimiento público 0040 05
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
División Administrativa.
1 Jefe de División 2040 09
1 Almacenista 5080 13
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
1 Ayudante de Oficina 5155 07
1 Chofer Mecánico 6010 08
3 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05
División Financiera.
1 Jefe de División 2040 09
1 Técnico en Presupuesto 4035 10
1 Pagador 5045 13
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
2 Ayudante de Oficina 5155 07
Subdirección Técnica.
1 Subdirector General Establecimiento Público 0040 05
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
División de Proyectos.
1 Jefe de División 2040 09
4 Profesional Universitario 3020 04
1 Dibujante 4095 08
1 Topógrafo Tecnólogo 4160 10
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
División de Recursos Naturales.
1 Jefe de División 2040 09
3 Profesional Especializado 3010 09
2 Profesional Universitario 3020 06
4 Tecnólogo 4165 09
1 Supervisor 5105 10
3 Secretario Ejecutivo 5040 13
10 Operario Calificado 6000 09
1 Chofer Mecánico 6010 08
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Valledupar, a los 14 días del mes de marzo de 1986.

Presidente Junta Directiva (Fdo.)

Secretario Junta Directiva (Fdo.) ».

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 2834 de 1984.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de junio de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Viceministro de Hacienda, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Arturo Ferrer Carrasco.

El Subjefe del Departamento Nacional de Planeación, encargado, de las funciones del Despacho de la Jefe del mismo organismo.

Luis Bernardo Florez Enciso.

El Secretario General, encargado de las funciones de la Jefatura del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquín Barreto Ruiz.

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