Por el cual se restablece unos municipios

Rango Decreto
Publicación 1908-10-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia

En uso de gas facultades legales, y

CONSIDERANDO:

1º. Que los actuales Corregimientos de Soplaviento, Santa Catalina y Yucal tuvieron antes la categoría de Municipios; y

2°. Que hay razones de conveniencia y utilidad públicas para que los expresados Corregimientos tengan el carácter de Distritos Municipales, según los informes rendidos por los señores Gobernador y Secretario General del Departamento de Cartagena,

DECRETA:

Artículo único. Restablecense a la categoría de Distritos Municipales los caseríos de Sopla viento, Santa Catalina y Yucal, por las delimitaciones que tienen como Corregimientos.

Parágrafo. Este Decreto comenzará a regir desde la fecha de su publicación.

Comuníquese y publíquese

Dado en Cartagena, a 3 de Octubre de 1908.

B. REYES

Por el Ministro de Gobierno, el Ministro de Obras Públicas en comisión,

nemesio CAMACHO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.