Por el cual se aprueba el Acuerdo número 15 del 14 de mayo de 1992 que establece la Estructura Interna del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se determinan las funciones de sus dependencias
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 15 del 14 de mayo de 1992, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NUMERO 15 DE 1992
(mayo 14)
"por el cual se adopta la Estructura Interna del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se determinan las funciones de sus dependencias".
La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el artículo 14 de la Ley 03 de 1991,
ACUERDA:
- I. DE LA ESTRUCTURA
Artículo 1° La estructura interna del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, será la siguiente:
| A. | Nivel Central. | Nivel Central. | Nivel Central. |
|---|---|---|---|
| 1.0. | Junta Directiva. | Junta Directiva. | Junta Directiva. |
| 2.0. | Gerencia General. | Gerencia General. | Gerencia General. |
| 3.0. | Secretaría General. | Secretaría General. | Secretaría General. |
| 4.0. | Oficina de Planeación. | Oficina de Planeación. | Oficina de Planeación. |
| 5.0. | Oficina Jurídica. | Oficina Jurídica. | Oficina Jurídica. |
| 6.0. | Oficina de Informática. | Oficina de Informática. | Oficina de Informática. |
| 7.0. | Oficina de Auditoría Interna. | Oficina de Auditoría Interna. | Oficina de Auditoría Interna. |
| 8.0. | Subgerencia Administrativa y Financiera. | Subgerencia Administrativa y Financiera. | Subgerencia Administrativa y Financiera. |
| 8.1. | 8.1. | División Administrativa. | |
| 8.2. | 8.2. | División de Contabilidad. | |
| 8.3. | 8.3. | División de Presupuesto. | |
| 8.4. | 8.4. | División de Tesorería. | |
| 9.0. | Subgerencia Técnica. | Subgerencia Técnica. | Subgerencia Técnica. |
| 9.1. | 9.1. | División de Vivienda de Interés Social. | |
| 9.2. | 9.2. | División de Asistencia Técnica. | |
| 10.0 | Subgerencia Especial. | Subgerencia Especial. | Subgerencia Especial. |
| 10.1 | 10.1 | División de Activos. | |
| 10.2 | 10.2 | División de Construcciones. | |
| 10.3 | 10.3 | División Jurídica. | |
| 10.4 | 10.4 | División de Firmas Intervenidas. | |
| 10.5 | 10.5 | División de Cartera. | |
| 11.0 | Organos de Coordinación y Asesoría. | Organos de Coordinación y Asesoría. | Organos de Coordinación y Asesoría. |
| 11.1 | 11.1 | Comité de Gerencia. | |
| 11.2 | 11.2 | Junta de Licitaciones y Adquisiciones. | |
| 11.3 | 11.3 | Comisión de Personal. | |
| B. | Nivel Regional. | Nivel Regional. | Nivel Regional. |
| 12. | Regionales de: Antioquia, Santafé de Bogotá, Santander, Valle del Cauca, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander y Tolima. | Regionales de: Antioquia, Santafé de Bogotá, Santander, Valle del Cauca, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander y Tolima. | Regionales de: Antioquia, Santafé de Bogotá, Santander, Valle del Cauca, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Huila, Nariño, Norte de Santander y Tolima. |
| 12.1 | Dirección Regional. | Dirección Regional. | Dirección Regional. |
| 12.1.1 | División Administrativa y Financiera. | División Administrativa y Financiera. | |
| 12.1.2 | División Técnica. | División Técnica. | |
| 13. | Regionales de: Caldas, Cesar, Córdoba, Magdalena, Meta, Quindio, Risaralda, Sucre, Caquetá, Chocó, Guajira y San Andrés y Providencia. | Regionales de: Caldas, Cesar, Córdoba, Magdalena, Meta, Quindio, Risaralda, Sucre, Caquetá, Chocó, Guajira y San Andrés y Providencia. | Regionales de: Caldas, Cesar, Córdoba, Magdalena, Meta, Quindio, Risaralda, Sucre, Caquetá, Chocó, Guajira y San Andrés y Providencia. |
| 13.1 | Dirección Regional. | Dirección Regional. | Dirección Regional. |
| 14. | Organos de Asesoría y Coordinación Regional. | Organos de Asesoría y Coordinación Regional. | Organos de Asesoría y Coordinación Regional. |
| 14.1 | Consejo Regional. | Consejo Regional. | Consejo Regional. |
| 14.2 | Comité de Dirección Regional. | Comité de Dirección Regional. | Comité de Dirección Regional. |
| 14.3 | Junta de Licitaciones y Adquisiciones. | Junta de Licitaciones y Adquisiciones. | Junta de Licitaciones y Adquisiciones. |
- II. DE LAS FUNCIONES
Junta Directiva y Gerencia General.
Artículo 2° La Junta Directiva y el Gerente General cumplirán las funciones para ellos señaladas en los Estatutos del Instituto y en las demás disposiciones legales vigentes.
Secretaria General.
Artículo 3° Son funciones de la Secretaría General: a) Desempeñar las funciones de secretaría de la Junta Directiva, refrendar sus actos, así como los proferidos por la Gerencia General y expedir las certificaciones a que haya lugar; b) Representar al Gerente General en las actividades oficiales que éste indique;
- c) Tramitar los proyectos de acuerdo, resolución y demás actos administrativos que deban someterse a consideración de la Junta Directiva o de la Gerencia General;
- d) Notificar los actos administrativos proferidos por el Instituto y expedir copia auténtica de éstos cuando le sean solicitados; e) Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas y reglamentarias en el Inurbe;
- f) Autorizar la publicación de los actos de interés general que expida el Instituto;
- g) Presentar a la Gerencia General los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones;
- h) Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
OFICINA DE PLANEACION.
Artículo 4° Son funciones de la Oficina de Planeación:
- a) Asistir a la Gerencia General en la formulación de propuestas relacionadas con la coordinación del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social -Sinavis- y en la participación en el Consejo Superior de Desarrollo Urbano y
Vivienda Social;
- b) Evaluar e informar periódicamente a la Gerencia General el avance de la ejecución de la política de vivienda de interés social y de aplicación de la Reforma Urbana;
- c) Elaborar estudios sobre oferta y demanda de vivienda de interés social que permitan evaluar el comportamiento del mercado y efectuar análisis con respecto al comportamiento del sector en la economía a fin de sustentar la formulación de políticas nacionales, regionales o locales en materia de vivienda de interés social;
- d) Colaborar e interactuar conjuntamente con el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General de Vivienda y Desarrollo Urbano del Ministerio de Desarrollo, en la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo Nacional en materia de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana;
- e) Asistir a la Gerencia General en la formulación de políticas relacionadas con el control de gestión del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana;
- f) Elaborar, en coordinación con la Subgerencia Administrativa y Financiera del Instituto, el Plan Operativo Anual de Inversiones y el Programa Anual de Caja de Inversión para su incorporación al Programa General de Caja del Instituto, conforme a las disposiciones legales vigentes;
- g) Coordinar con el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de Presupuesto, las acciones tendientes a lograr la incorporación de los proyectos de inversión relacionados con el plan operativo anual de inversión del Instituto; h) Elaborar proyecciones y estimaciones financieras tendientes a establecer los requerimientos de recursos de inversión para la ejecución de la política de Vivienda de Interés Social, así como la identificación de las posibles fuentes de financiación internas y externas en el mediano y largo plazo;
- i) Coordinar las acciones relacionadas con la administración y desarrollo del Convenio de Asistencia al fortalecimiento institucional jurídico, técnico y financiero COL 89/005 (2) o aquellos que celebre el Instituto con similares objetivos y evaluar en coordinación con las diferentes dependencias de la entidad la ejecución y cumplimiento de los mismos;
- j) Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina Jurídica.
Artículo 5° Son funciones de la Oficina Jurídica:
- a) Asesorar a la Gerencia General y demás dependencias del Inurbe en el trámite y solución de los asuntos de carácter jurídico;
- b) Coordinar con todas las dependencias que tengan a su cargo funciones de carácter legal el desempeño de las mismas;
- c) Elaborar y revisar los proyectos de acuerdo, resoluciones, minutas de contrato, convenios y demás actos administrativos relacionados con el Instituto;
- d) Representar a la entidad, a través de los abogados de planta o mediante apoderados externos, cuando la Gerencia General así lo determine y por mandato de la misma, en las acciones judiciales y extrajudiciales e informar a la Gerencia sobre el desarrollo de las mismas;
- e) Controlar y evaluar el adecuado manejo de los asuntos de la entidad, que sean gestionados por apoderados externos;
- f) Adelantar los trámites y procedimientos de naturaleza jurídica relacionados con la actividad contractual del Instituto, en sus etapas de celebración, legalización ejecución y liquidación;
- g) Preparar en coordinación con las dependencias correspondientes, todo lo relacionado con los pliegos de condiciones para las licitaciones públicas o privadas que realice el Instituto, así como las bases para los concursos de méritos que se convoquen;
- h) Llevar el registro de las garantías contractuales otorgadas a favor del Instituto y controlar su vencimiento, renovación y en general el cumplimiento de las obligaciones legales contraídas por los contratistas;
- i) Efectuar los estudios de títulos relacionados con los contratos de compraventa de inmuebles que celebre el Instituto;
- j) Tramitar con la debida oportunidad las solicitudes que formulen las autoridades jurisdiccionales, de policía, las del Ministerio Público, al igual que las presentadas por los particulares u otras entidades, cuando traten sobre asuntos que competan a la Oficina;
- k) Realizar los estudios jurídicos relacionados con el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de créditos para vivienda de los funcionarios del Inurbe, conceder las prórrogas solicitadas, velar por la legalización de los créditos e iniciar las acciones tendientes al cobro de los mismos;
- l) Organizar y mantener actualizado el archivo y la codificación de las normas, jurisprudencia y doctrina relacionados con el Instituto; m) Proponer los cambios que estime pertinentes para agilizar y racionalizar el proceso de contratación administrativa del Instituto;
- n) Coordinar con la Subgerencia Especial, los aspectos relacionados con legalización y venta de activos no requeridos por el Inurbe que determine la Gerencia General;
ñ) Determinar, en coordinación con la Subgerencia Técnica, los parámetros tendientes a prestar asesoría legal a los municipios, comunidades y demás organizaciones para la aplicación de la Política de Vivienda de Interés Social;
- o) Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la Dependencia.
Oficina De Informática.
Artículo 6° Son funciones de la Oficina de Informática:
- a) Asesorar a la Gerencia General, en la formulación de las políticas generales de la entidad en lo relativo a Sistema de Información;
- b) Dirigir y coordinar la elaboración del Plan Estratégico de Sistemas en la Entidad, determinando prioridades de atención, conforme a las políticas generales de la Entidad;
- c) Determinar las necesidades de equipo, aplicaciones y personal para dar cumplimiento al plan de sistemas aprobado por la Gerencia General;
- d) Reglamentar a nivel nacional el desarrollo de aplicaciones, adquisición y empleo de equipos y software en general, así como el manejo automático de información;
- e) Elaborar los estudios sobre estructura orgánica, Planta de Personal, creación o supresión de cargos y funciones;
- f) Realizar estudios sobre desarrollo organizacional, simplificación de tareas y agilización de procedimientos que busquen una optimización de los recursos de la entidad;
- g) Dirigir y coordinar la elaboración de manuales de procedimientos y de funciones y la compilación de todas aquellas normas que faciliten la ejecución de las tareas de la entidad;
- h) Realizar estudios de investigación sobre programas hardware, software, lenguajes y metodologías que mejoren los sistemas de información existentes en la entidad;
- i) Evaluar los sistemas de seguridad de los programas y aplicaciones computarizadas; proponer medidas de control y en general ejercer la auditoría de sistemas correspondiente;
- j) Coordinar con las regionales las actividades de desarrollo, mantenimiento y documentación de las aplicaciones de sistemas e informática que le corresponda adelantar de acuerdo al plan estratégico de sistemas de la entidad;
- k) Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Auditoria Interna.
Artículo 7° Son funciones de la Oficina de Auditoría Interna:
- a) Propugnar por sistemas de control interno, que permitan cumplir con la finalidad de cautelar los bienes y fondos del Instituto, así como garantizar la legalidad de la gestión fiscal;
- b) Verificar la razonabilidad de los estados financieros, a través de comprobaciones periódicas y selectivas de los registros y operaciones, mediante confirmaciones de fuente externa y otros sistemas de auditoría aplicables;
- c) Practicar a petición de la Gerencia General las investigaciones de carácter administrativo que ésta disponga, informar acerca de los resultados obtenidos y sugerir las acciones procedentes;
- d) Vigilar que los fondos y bienes de la entidad, se encuentren debidamente protegidos contra toda clase de riesgos y se haga uso racional de los mismos;
- e) Atender los reclamos y quejas relacionados con las deficiencias administrativas, los actos o procedimientos indebidos y recomendar las medidas del caso;
- f) Vigilar, en coordinación con la Oficina Jurídica que los contratos, actos administrativos y convenios suscritos por el Instituto, se ejecuten de acuerdo con los términos y condiciones pactados;
- g) Evaluar la solidez, eficacia y aplicación de los controles internos de carácter financiero, administrativo y operativo, y proponer las acciones correspondientes;
- h) Coordinar con la División Administrativa los procesos disciplinarios que se adelanten en el Nivel Central y Regional;
- i) Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Subgerencia Administrativa y Financiera.
Artículo 8° Son funciones de la Subgerencia Administrativa y Financiera:
- a) Atender de acuerdo con las instrucciones de la Gerencia General y por conducto de sus dependencias, la prestación de los Servicios Administrativos y la ejecución de los programas adoptados sobre la materia;
- b) Dirigir y coordinar las actividades de administración de personal y las relaciones laborales del Instituto con sus servidores;
- c) Establecer los mecanismos que permitan una óptima administración de los suministros, procurando niveles adecuados en términos de calidad, cantidad y oportunidad;
- d) Dirigir la prestación de los servicios generales que se requieran para el normal funcionamiento del Inurbe;
- e) Velar por el estricto cumplimiento de las políticas que en materia de administración de personal dicte el Gobierno Nacional;
- f) Dirigir y coordinar el Programa General de Compras y atender lo relacionado con la dotación de bienes y servicios para el Instituto;
- g) Asistir a la Gerencia General en la determinación de políticas, objetivos y estrategias de carácter financiero para el Instituto;
- h) Dirigir la elaboración del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital, así como los presupuestos de Gastos de Funcionamiento y el del Servicio de Deuda del Instituto;
- i) Dirigir y coordinar la elaboración del programa anual de caja, en el cual se incluyen las obligaciones por servicios personales, gastos generales, transferencias, gastos de operación y servicio de la deuda, así como los contratos en proceso de ejecución o perfeccionados en vigencias anteriores y los programados, indicando el flujo mensual de pagos;
- j) Dirigir y coordinar la elaboración de los acuerdos de gastos, los traslados, aumentos o reducciones, con el propósito de garantizar la ejecución óptima del presupuesto;
- k) Identificar las fuentes potenciales de financiación interna y externa y proponer las más apropiadas en términos financieros;
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