Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de la actual vigencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, en vista, de la aprobación dada por el honorable Consejo de Ministros al traslado solicitado por el Ministerio de Relaciones Exteriores,
DECRETA:
Hácese en la vigencia del presente año el siguiente traslado:
MINISTERO DE RELACIONESEXTERIORES
CAPITULO 20
Gastos varios.
| Del artículo 255 al artículo 251 | $ 1762 75 |
|---|---|
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de junio de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos URIBE
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