por el cual se efectúa un traslado en el presupuesto de gasto de la vigencia fiscal de 1987 (Ministerio de Justicia) por valor $ 4.000.000

Rango Decreto
Publicación 1987-06-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades que le confiere el artículo 113 del Decreto extraordinario 294 de 1973, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución número 1136 del 3 de junio de 1987 el Ministerio de Justicia declara sobrante un saldo de aprobación en el presupuesto de gastos por valor de $ 4.000.000, con el objeto de incrementar unos rubros de su mismo presupuesto para los cuales las apropiaciones resultaron insuficientes;

Que el Auditor General ante el Ministerio de Justicia expidió el certificado de disponibilidad número 002 del 9 de junio de 1987, por valor de $ 4.000.000, refrendado por el Contralor General de la República conforme a los artículos 1° de la Resolución orgánica número 8299 de julio de 1980 y 113 del Decreto extraordinario 194 de 1973;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto 3719 del 23 de diciembre de 1985, la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. emitió concepto previo y favorable al traslado propuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. Efectúase el siguiente traslado en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1987.

CONTRACREDITO

MINISTERIO DE JUSTICIA

Capítulo 01

Dirección Superior

Recursos ordinarios

Servicios personales.

122-3-11 artículo 1392 Gastos de Representación $ 4.000.000
Total de contracrédito Ministerio de Justicia $ 4.000.000
CREDITO CREDITO CREDITO
MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA
Capítulo 01 Capítulo 01 Capítulo 01
Dirección Superior Dirección Superior Dirección Superior
Recursos ordinarios Recursos ordinarios Recursos ordinarios
Gastos generales Gastos generales Gastos generales
122-42-12 artículo 1324 Gastos de viaje $ 2.000.000
122-50-12 artículo 1328 Viáticos $ 2.000.000
Total crédito Ministerio de Justicia $ 4.000.000
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de junio de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Arturo Ferrer Carrasco.

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