Por el cual se distribuye una apropiación. (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1960-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

DECRETA:

Artículoprimero. De la partida apropiada en el Capítulo 577, artículo 5919 del Presupuesto vigente, "estudios, continuación y terminación de puentes en diferentes carreteras del país, según distribución que se hará posteriormente, de acuerdo con las necesidades en el año, inclusive, el puente sobre el Humea, en Puerto Porfín y estudios puente sobre el Meta, en Puerto López", hácese la siguiente distribución:

CAPITULO 577

Artículo 5919.

Ordinal 30). Para el puente Rionegro, carretera Puerto Boyacá-Puerto Olaya $30.000.00
Ordinal 31). Para l epuente Chipalo, en la carretera Ibagué-Armero 200.000.00
Ordinal 32). Para el puente Chinchiná, en la carrera Manizales-Pereira 48.000.00
Ordinal 33). Para el puente Ana Caro, en la carretera Cartago-Ansermanuevo 200.000.00
Ordinal 34). Para el puente Hormiguero, en la carretera Cali-Puerto Tejada 100.000.00
Ordinal 35). Para el puente Portugal, en la carretera Popayán-Bordo-Sajandí 100.000.00
Ordinal 36). Para el puente Cimaña, en la carretera El Burro-La Mata 80.000.00
Ordinal 37). Para el puente La Venturosa, en la carretera Villavicencio-Puerto López 40.000.00
Ordinal 38). Para el puente Guayuriba, en la carretera Villavicencio-Restrepo 40.000.00

Artículosegundo. Adiciónase el siguiente ordinal correspondiente al Capítulo 577, artículo 5919 del Presupuesto Vigente.

CAPITULO 577

Artículo 5919

Ordinal 10). Para el puente "Paseo Real", en la carretera Medellín-Dabeiba-Turbo $357.998.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de abril de 1960.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Obras Públicas,

Virgilio Barco Vargas.

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