Por el cual se hace un contracrédito y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Relaciones Exteriores), por $ 2.728.500.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966, y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto ley número 1675 de 1964;
Que por medio de la Resolución, ejecutiva número 149 da 1967 se declaró sobrante y por lo tanto libre para ser contracreditada parte de una apropiación del Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Relaciones Exteriores, por la cantidad de $2.728.500.00, y en la misma providencia, se propuso abrir, por igual valor, unos créditos adicionales en el mismo presupuesto, para financiar los gastos de la reparación y arreglo de los edificios de la Cancillería, de la Embajada en Washington y del Consulado en Nueva York;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República, expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 12 de 1967, por un valor de $2.728.500.00, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Hácese el siguiente contrácrédito en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:
Presupuesto de Inversión
Ministerio de Relaciones Exteriores
CAPITULO 1041
Rama Técnica
Programa 1041
Compra de inmuebles en el Exterior
Inversión directa. Recursos ordinarios.
| 63.435. | Artículo 10401. Para la adquisición de inmuebles en el Exterior con destino a la residencia de los Jefes de Misión Diplomática y a las oficinas de los Consulados de Colombia, según distribución que hará el Gobierno, mediante decreto, previo estudio, del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Dirección Nacional del Presupuesto | $ 2.728.500 |
|---|---|---|
| Suma el contracrédito | $ 2.728:500 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, abrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:
Presupuesto de Inversión
Ministerio de Relaciones Exteriores
CAPITULO 1041
Rama Técnica
Programa 1042
Reparación y arreglo de inmuebles
Inversión directa.
Recursos ordinarios,
| 563 435. | Artículo 10402. Reparación y arreglo del inmueble ocupado por la Cancillería | $ 2,445.000 |
|---|---|---|
| 563 435. | Artículo 10403. Reparación y arreglo del inmueble ocupado, por la Embajada de Colombia, en Washington | 81.000 |
| 563 435. | Artículo 10404. Reparación y arreglo del inmueble ocupado por el Consulado de Colombia, en Nueva York | 202.508 |
| Suman los créditos | $ 2.728.500 |
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de junio de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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