por el cual se conforma el Comité de Seguimiento para el Plan de Acción del Departamento del Valle del Cauca
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que la confiere el Decreto Ley 1050 de 1968 y en desarrollo del Decreto 2557 de 1994.
DECRETA:
Artículo 1º. El comité de Seguimiento del Plan de Acción para el Departamento del Valle del Cauca estará conformado así:
- a) El Gobernador del Valle del Cauca, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación.
- b) El Alcalde de Cali, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación.
- c) El Director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Cali, en representación del sector privado del Departamento.
- d) El Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, o su delegado personal.
- e) El Jefe de la Unidad de Planeación Regional y Urbana del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.
- f) El Director del Consejo Regional de Planificación Económica y social de Centro Occidente - Corpes de Occidente.
Artículo 2º.Este decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase
Dado en Santafé de Bogotá, D.C, a 18 Junio de 1996
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministerio del Interior,
Horacio Serpa Uribe.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.