Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos de 1908
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1908 del Departamento del Tesoro, capítulo 45, artículo 275 bis, la suma de $51,000 á las imputaciones siguientes:
MINISTRO DE HACIENDA Y TESORO
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
Capítulo 34.
Gastos Varios.
| Artículo 252, 1.° Para viáticos del Agente del Ministerio en el Exterior | $ | 1,000 | |
|---|---|---|---|
| Artículo 258 E. Para pagar la subvención al ingenio central de los señores Vélez Danies & O.; de Cartagena, por la diferencia en los derechos de exportación de ganado | 50,000 | 51,000 | |
| Total | $ | 51,000 |
Parágrafo. Las Oficinas Ordenadoras y Pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Santa Marta, á 8 de Octubre de 1908.
R. REYES
Por el Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho, el Ministro de Obras Públicas en comisión,
NEMESIO CAMACHO
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