Por el cual se adiciona la primera liquidación del Presupuesto Nacional de Gastos para la vigencia económica de 1910

Rango Decreto
Publicación 1910-12-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley número 81 del presente año,

DECRETA:

Artículo único. Adiciónase la primera liquidación general del Presupuesto Nacional de Gastos para el año económico de 1910, con la cantidad de trescientos ochenta y un pesos treinta y tres centavos ($ 381-33), que tendrá la imputación siguiente:

MINISTERIO DE GOBIERNO

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

Capítulo 20.

Corte Suprema de Justicia

Artículo 55. Sueldos de los empleados de la Corte Suprema de Justicia, así:

1.° De dos Magistrados más, á $ 300 mensuales cada uno, en trece días de Noviembre del año en curso $ 260
2.° De dos Escribientes más, uno para cada Magistrado, á $ 60 mensuales cada uno, en el mismo tiempo 52
4.° De un Oficial Mayor más, á $ 100 mensuales, en el mismo tiempo 43 33
6.° De un Escribiente más para la Secretaría, á $ 0 mensuales, en el mismo tiempo 26 381 33
Total $ 381 33

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 28 de Noviembre de 1910.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro del Tesoro

g. MARTINEZ A.

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