Por el cual se destinan las partidas para sueldos del personal de la Escuela Normal de Varones de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1940-02-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Para pagar los sueldos del personal de la Escuela Normal de Varones de Bogotá, correspondientes al mes de vacaciones de enero del corriente año, se destinan las siguientes sumas apropiadas en el Presupuesto vigente:

Del artículo 987, capítulo 60.

Rector $ 250.00
Vicerrector 160.00
Secretario Tesorero 150.00
Profesores internos, cinco (5), a $ 140.00 cada uno 700.00
Bibliotecario 60.00
Profesor de Educación Física 100.00
Médico Profesor 80.00
Dentista 60.00
Enfermera 30.00
Capellán Profesor 50.00
Ecónoma 50.00
Carpintero Profesor 50.00
Portero 40.00
Director de la Anexa 150.00
Profesores de la Anexa, cinco (5) a $ 90.00 cada 450.00
Instructores en la Escuela Complementaria, dos (2) a $ 20.00 cada uno 40.00
Instructor de Canto en la Escuela Complemetaria 30.00
Portera de la Anexa 20.00
Profesorado externo, hasta trescientas (300) horas mensuales de clase, a razón de $ 2.00 la hora 600.00
Personal de servicio, hasta 240.00
Total $ 3.310.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Lleras Restrepo

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso Araújo

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