Por el cual se fija una partida en el ramo de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1940-06-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Fijar desde el 1° de mayo en adelante la suma de diez pesos ($ 10) mensuales para cubrir el gasto de agua en el Comando de la 1ª Brigada de gaurnición en la ciudad de Tunja.
Artículo 2° Esta cantidad será girada mensualmente con cargo al artículo 378-A del Presupuesto vigente.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 6 de junio de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Guerra,

José Joaquín CASTRO M.

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