Por el cual se determina la supresión de un cargo en el personal superior de la Carretera Central del Norte
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en acatamiento a lo indicado al Ministro de Obras Públicas por la comisión de la honorable Cámara de Representantes que visitó dicho Ministerio,
decreta:
Artículo único: Por razones de economía en el gasto de personal superior al servicio de los trabajos de la Carretera Central del Norte, Suprímese a partir del día 15 del presente mes, el cargo de Inspector Especial de esa vía, empleado que ha venido actuando en las secciones de Cundinamarca y Boyacá.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de septiembre de 1921.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, Esteban JARAMILLO.
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