por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Rama Jurisdiccional), por $ 130.000.00

Rango Decreto
Publicación 1967-06-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del ordinal b) del artículo ,56 de la Ley 77 de 1966, y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional, para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto-ley número 1675 de 1964;

Que es necesario y urgente abrir unos créditos adicionales al presupuesto de Gastos de la actual vigencia, a fin de atender al pago de viáticos y gastos de viaje de unas comisiones al Exterior, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de la Corte Suprema de Justicia;

Que en el ejercicio fiscal de 1966 se liquidó un superávit sobre el cual el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad parcial número 6 de 1967, por $60.000.000.00, de los cuales el Gobierno ha utilizado hasta ahora, incluyendo los créditos de que trata este Decreto, la cantidad de $29.928.604.00, quedando un saldo disponible de $ 30.071.396.00, moneda legal, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios.

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1967, con la cantidad de ciento treinta, mil pesos ($130.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas e Ingresos

CAPITULO XIV

Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 161. Superávit fiscal de 1966 $ 130.000
Suma el recurso $ 130.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal dé 1967:

Presupuesto de funcionamiento

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 0251

Administración y Dirección del Ministerio

Programa 241

Gabinete del Ministro, Secretaría y Oficina de Análisis Económico.

Gastos generales

108 111 203 Artículo 2506. Viáticos y gastos de viaje $ 35:000

Rama Jurisdiccional

CAPITULO 0901

Corte Suprema de Justicia.

Programa 536

Dirección y Administración de la Corte Suprema de Justicia

Gastos generales

106 134 203 Artículo 9006. Viáticos y gastos de viaje 95.000
Suman los créditos $ 130.000
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de junio de 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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