Por el cual se reforma el marcado con el número 1015 de 1906

Rango Decreto
Publicación 1906-09-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. La imputación que corresponde á la traslación de que trata el decreto que se reforma será la siguiente:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DEPARTAMENTO DE RELACIONES EXTERIORES

Servicio de 1906.

CAPITULO 18

Ministerio de Relaciones Exteriores - Personal.

Artículo 178. Sueldos de los empleados del Ministerio:

Sección3.ª - Reclamaciones de extranjeros por exacciones en estado de sitio.

Diciembre de 1906 $ 144
13. Del Subjefe, á $ 1,080 anuales, en vez de $ 1,004 - 40, en el mismo tiempo 37 80
--- ---
14. Del Oficial Mayor, á $ 720 anuales, en vez de $ 669 - 60, en el mismo tiempo 25 20
15. Del Oficial 1.°, á $ 600 anuales, en vez de $ 558, en el mismo tiempo 21 228

Queda en estos términos reformado el Decreto á que se refiere el presente.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 10 de Septiembre de 1906.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

tobias VALENZUELA

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