por el cual se aclara el artículo 1º del Decreto número 419 de 1995
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el Decreto número 1666 de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto número 419 del 7 de marzo de 1995, comisiónase al Doctor Juan Manuel Turbay Marulanda, Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, a Copenhague (Dinamarca), a la Unión Europea en Bruselas (Bélgica) al Parlamento Europeo en Strasburgo (Francia), así como a Madrid (España) durante el tiempo comprendido entre el 8 y el 15 de marzo de 1995, inclusive con el objeto de acompañar al señor Presidente de la Cumbre Mundial del Desarrollo;
Que según las constancias de permanencia, el doctor Juan Manuel Turbay Marulanda cumplió la comisión en las ciudades de Madrid (España), Copenhague (Dinamarca) y Bruselas (Bélgica) del 9 al 14 de marzo de 1995, más un día de ida y otro de regreso;
Que se hace necesario aclarar el artículo 1° del Decreto 419 del 7 de marzo de 1995,
DECRETA:
Artículo 1°. Aclarar el artículo 1° del Decreto número 419 del 7 de marzo de 1995, en el sentido de que el itinerario de la comisión de servicios allí conferida al doctor Juan Manuel Turbay Marulanda Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, no incluyó la ciudad de Strasburgo (Francia).
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá D C., 27 de junio de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
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