Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1941-06-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros; en su sesión del día 5 de junio en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado dentro del presupuesto del Ministerio de la Economía Nacional, según consta en la nota número 6415, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácese el siguiente traslado, en el Presupuesto vigente

MINISTERIO DE LA ECONOMÍA NACIONAL

Capítulo 46

Departamento de Agricultura

Del artículo 530. Para sueldos del personal del Departamento,
en el año, incluyendo- Dirección, Secciones y Campañas. 3,360.00
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Capítulo 45.
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Ministerio.
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Al artículo 518. Para sueldos del personal del Ministerio, en el año 3,360.00
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Sumas iguales $ 3,360.00 3,360.00
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Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de junio de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de la Economía Nacional,

Mariano ROLDAN

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