Por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Control de Cambios

Rango Decreto
Publicación 1989-05-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el ordinal 21, del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º Suprímense de la planta de personal de la Superintendencia de Control de Cambios los siguientes cargos:
Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente.
1 Superintendente 0030 0030 0030 09
3 Profesional Universitario 3020 3020 3020 06
1 Chofer mecánico 6010 6010 6010 06
Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General.
1 Secretario General de Superintendencia 0037 0037 0037 03
1 Profesional Universitario 3020 3020 3020 06
1 Profesional Universitario 3020 3020 3020 04
1 Técnico en presupuesto 4035 4035 4035 13
Grupo de compras. Grupo de compras. Grupo de compras. Grupo de compras. Grupo de compras. Grupo de compras.
1 Supervisor 5105 5105 5105 12
División de Investigaciones. División de Investigaciones. División de Investigaciones. División de Investigaciones. División de Investigaciones. División de Investigaciones.
1 Jefe de División 2040 2040 2040 06
División de Estudios Especiales. División de Estudios Especiales. División de Estudios Especiales. División de Estudios Especiales. División de Estudios Especiales. División de Estudios Especiales.
1 Jefe de División 2040 2040 2040 06
Sección de Control de oro y platino. Sección de Control de oro y platino. Sección de Control de oro y platino. Sección de Control de oro y platino. Sección de Control de oro y platino. Sección de Control de oro y platino.
1 Jefe de Sección 2075 2075 2075 05
Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo. Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo. Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo. Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo. Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo. Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo.
1 Jefe de Sección 2075 2075 2075 05
Sección de Control de Importaciones, Exportaciones y Cambios. Sección de Control de Importaciones, Exportaciones y Cambios. Sección de Control de Importaciones, Exportaciones y Cambios. Sección de Control de Importaciones, Exportaciones y Cambios. Sección de Control de Importaciones, Exportaciones y Cambios. Sección de Control de Importaciones, Exportaciones y Cambios.
1 Jefe de Sección Jefe de Sección 2075 2075 05
Sección de Control de Regalías. Sección de Control de Regalías. Sección de Control de Regalías. Sección de Control de Regalías. Sección de Control de Regalías. Sección de Control de Regalías.
1 Jefe de Sección 2075 2075 05 05
Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda. Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda. Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda. Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda. Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda. Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda.
1 Jefe de Sección 2075 2075 05 05
Oficina Seccional de Pasto. Oficina Seccional de Pasto. Oficina Seccional de Pasto. Oficina Seccional de Pasto. Oficina Seccional de Pasto. Oficina Seccional de Pasto.
1 Profesional Universitario 3020 3020 03 03
2 Visitador 5100 5100 12 12
Oficina Seccional de San Andrés. Oficina Seccional de San Andrés. Oficina Seccional de San Andrés. Oficina Seccional de San Andrés. Oficina Seccional de San Andrés. Oficina Seccional de San Andrés.
1 Profesional Universitario 3020 3020 03 03
Oficina Seccional de Medellín. Oficina Seccional de Medellín. Oficina Seccional de Medellín. Oficina Seccional de Medellín. Oficina Seccional de Medellín. Oficina Seccional de Medellín.
1 Profesional Universitario 3020 3020 03 03
Oficina Seccional de Quibdó. Oficina Seccional de Quibdó. Oficina Seccional de Quibdó. Oficina Seccional de Quibdó. Oficina Seccional de Quibdó. Oficina Seccional de Quibdó.
1 Visitador 5100 5100 12 12
Artículo 2º Créanse en la planta de personal de la Superintendencia de Control de Cambios los siguientes cargos:
Nº de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente. Despacho del Superintendente.
1 Superintendente 6030 13
1 Asesor 1020 02
1 Profesional Especializado 3010 10
1 Profesional Especializado 3010 08
1 Chofer Mecánico 6010 08
Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General.
1 Secretario General de Superintendencia 0037 08
1 Profesional Especializado 3010 10
1 Profesional Especializado 3010 08
Grupo de compras. Grupo de compras. Grupo de compras. Grupo de compras.
1 Profesional Universitario 3020 04
División de Investigaciones. División de Investigaciones. División de Investigaciones. División de Investigaciones.
1 Jefe de División 2040 11
División de Estudios Especiales. División de Estudios Especiales. División de Estudios Especiales. División de Estudios Especiales.
1 Jefe de División 2040 11
Sección de Control de oro y platino. Sección de Control de oro y platino. Sección de Control de oro y platino. Sección de Control de oro y platino.
1 Jefe de Sección 2075 06
Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo. Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo. Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo. Sección de Control de Espectáculos Públicos y Turismo.
1 Jefe de Sección 2075 06
Sección de Control de Importaciones Exportaciones y Cambios. Sección de Control de Importaciones Exportaciones y Cambios. Sección de Control de Importaciones Exportaciones y Cambios. Sección de Control de Importaciones Exportaciones y Cambios.
1 Jefe de Sección 2075 06
1 Visitador 5100 12
Sección de Control de Regalías. Sección de Control de Regalías. Sección de Control de Regalías. Sección de Control de Regalías.
1 Jefe de Sección 2075 06
Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda. Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda. Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda. Sección de Control de Registro de Capitales y Deuda.
1 Jefe de Sección 2075 06
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos números 1209 de 1977 y 23 de 1981 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de mayo de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquín Barreto Ruiz.

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