por el cual se reorganiza la Sección 1.ª del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Presidente de la República de Colombia,
vista la Ley 4.ª del presente año,
decreta:
Artículo 1.° Reorganízase la Sección 1.ª del Ministerio de Relaciones Exteriores, con el siguiente personal:
Un Secretario Jefe, que será el actual Subsecretario del Ministerio;
Un Director Subjefe;
Un Oficial Encargado del Ceremonial Diplomático;
Un Oficial primero;
Un Oficial segundo; y
Un Calígrafo.
Artículo 2.° El Secretario Jefe, el Director Subjefe y el Oficial Encargado del Ceremonial Diplomático, disfrutarán de los sueldos anuales asignados en el Presupuesto vigente al Subsecretario del Ministerio de Relaciones Exteriores y al Director y al Subdirector de la Sección 1ª de dicho Despacho, respectivamente.
Parágrafo. Este Decreto rige desde el día 6 del presente, inclusive.
Dado en Bogotá a 30 de diciembre de 1913.
CARLOS E. RESTREPO.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Francisco José URRUTIA.
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