Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1936-06-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que por oficio numeró 3400 de 9 del mes en curso, el honorable Consejo de Ministros concedió la autorización solicitada por el Ministerio de Hacienda y Crédito' Público, para efectuar el siguiente traslado:

DECRETA:

Artículo único. Hácese el siguiente traslado:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE

CAPITULO 76 Lepra.

Del artículo 581. Para gastos de tratamiento antileproso para 10,000 enfermos de lepra, compra de drogas especiales, elementos de curación, aparatos de rayos X, crioterapia,' electroterapia y gastos de desinfección $ 20,000

CAPITULO 74

Laboratorio Nacional de Higiene Samper & Martínez.

Al artículo 556 para atender a la importancia de materias primas y a la preparación de los éteres etílicos dé chauimoogra y otros gastos en el Laboratorio Nacional de Higiene Samper y Martínez $ 20,000 20,000 20,000
Sumas iguales 20,000 20,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de mayo de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Darío ECHANDIA

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